
1.Presentación ↑ Vuelve arriba
La Ley orgánica 1/1982, de 5 de mayo, reconoce a cualquier persona el derecho fundamental a su propia imagen.
Para poder publicar un vídeo, por tanto, es indispensable disponer de la la cesión de los derechos de imagen de todas las personas grabadas o fotografiadas.
La gestión de la firma de este modelo corre a cargo del impulsor (la persona de las áreas o estudios de la UOC que realiza el encargo).
También hay que gestionar los derechos de cesión de espacios en el caso de que la grabación del vídeo se lleve a cabo en un espacio ajeno a la UOC.
La UOC pone a tu disposición varios modelos de licencia de cesión de derechos de imagen, voz y explotación que se adaptan a los requerimientos estándares y específicos de las diferentes tipologías de vídeo.
2.Modelo estándar de licencia ↑ Vuelve arriba
En general, puedes utilizar el modelo estándar de licencia de cesión de derechos de imagen, voz y explotación para cubrir los actos organizados por la UOC en donde haya grabaciones de imagen y voz de personas mayores de edad.
Este modelo te permite utilizar y publicar las imágenes y sus transcripciones con finalidades de difusión propias de esta universidad.
3.Otros supuestos particulares de licencia ↑ Vuelve arriba
Se necesita un modelo de licencia especial para el uso que se da a la grabación y la captación de imágenes en los siguientes supuestos:
Actos realizados en colaboración con otra entidad | Se prevé la utilización del modelo de cesión de derechos de la otra entidad (siempre comprobando que proporciona las suficientes garantías legales). | El modelo de la entidad se revisa con la Asesoría Jurídica. |
Grabaciones a expertos en las que interesa publicar documentación complementaria | Modelo que incluye la cesión de derechos de explotación de los contenidos complementarios cuando interese publicarlos. | Hay que consultar a la Asesoría Jurídica. |
Vídeos en los que aparecen menores | Modelo adaptado en que los padres o tutores legales firman en nombre del menor. | Descargar el modelo |
Grabaciones a expertos a quienes solo se graba la voz | Modelo de licencia que autoriza la grabación, el uso de la voz y su transcripción. | Descargar el modelo |
4.Model especial per als vídeos promocionals ↑ Vuelve arriba
Las imágenes captadas en cualquiera de los actos institucionales de la UOC o en otro espacio que quieren utilizarse comercialmente requieren un modelo específico de licencia de cesión de derechos de imagen para explotación comercial:
Contacta con la Asesoría Jurídica (assessoriajuridica@uoc.edu) si tienes cualquier duda relacionada con la cesión de derechos de imagen para explotación comercial.
5.Como se acepta la licencia ↑ Vuelve arriba
La aceptación de la licencia de cesión de derechos de imagen, voz y explotación puede formalizarse de dos maneras:
- En el web de inscripción: para actos que disponen de un sistema de inscripción en línea que permite la aceptación de las condiciones de la licencia directamente en línea. Hay que incluir la marca de aceptación de las condiciones de la licencia, que es obligatoria, antes de terminar la inscripción.
- Firma manuscrita del modelo de licencia: por parte de aquellas personas grabadas en el vídeo o aquellas que no hayan entrado en un circuito de inscripción que permita la aceptación de las condiciones mediante una validación.
Es necesario rellenar todos los campos del documento de cesión de derechos de imagen con letra legible.
6.Cuál es el circuito para la gestión de los derechos de imagen ↑ Vuelve arriba
La gestión de la cesión de los derechos de imagen siempre es responsabilidad del impulsor del vídeo. En el caso de los vídeos docentes, esta responsabilidad recae en el Área de Biblioteca y Recursos de Aprendizaje, exceptuando los vídeos autoproducidos por los miembros del profesorado, que son responsabilidad de su autor.
Si quieres gestionar los derechos de imagen de un acontecimiento o de un producto audiovisual, sigue estos pasos:




*Excepto los vídeos de UOC X, que requieren que se introduzcan los datos en este documento.
La Asesoría Jurídica custodiará todos los documentos de licencia por si fuera necesario consultar el original.
7.Gestión de la cesión de espacios de grabación ↑ Vuelve arriba
Las grabaciones de actos institucionales o los proyectos audiovisuales pueden llevarse a cabo en los espacios propios de la UOC o en espacios ajenos de otras entidades.
Si utilizas un espacio de la UOC para la grabación, no es necesario gestionar ninguna contratación para la cesión de espacios, pero sí su reserva.
Si quieres utilizar en la grabación un espacio ajeno a la UOC, hay que gestionar la cesión del espacio mediante la firma de un contrato de cesión de espacios entre la UOC y la entidad propietaria de este, siempre en el caso de que no haya un convenio de colaboración con la otra entidad que ya recoja este concepto.
Contacta con la Asesoría Jurídica (assessoriajuridica@uoc.edu) para efectuar la gestión.